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APLAN modifica el reglamento para uso de espacios públicos

Con siete meses de vigencia el reglamento obliga a cancelar tarifas y prohíbe la extensión de locales en espacios públicos.

Por Jessica García | Jul 18, 2024- 05:30

La Calle Rubén Darío está dentro de la zona delimitada de la APLAN. Foto EDH/ Menly González

La Autoridad Salvadoreña de Planificación del Centro Histórico de San Salvador (APLAN) modificó su Reglamento de Administración y Uso de Espacios Públicos en el Área Delimitada del Centro Histórico de San Salvador añadiendo tarifas y cancelando extensiones de negocios.

El reglamento inicial estableció que toda persona que haga uso de los espacios públicos, independientemente de la actividad que realice está en la obligación de preservar, conservar y valorar los espacios públicos. Ahora la primera obligación es cancelar las tarifas por el uso “según aplique”.

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Asimismo, utilizar los espacios conforme a su naturaleza y destino; ejercer su derecho de uso y disfrute sin afectar o restringir el uso o disfrute de los demás ciudadanos; tienen la obligación de denunciar ante la Autoridad cualquier irregularidad en cuanto al uso de los espacios públicos.

El procedimiento para solicitar los permisos por uso de espacio público inicia cuando el interesado presenta la solicitud por escrito.

“Dicha solicitud se realizará en los formularios que se emitan para tales efectos; los cuales serán puestos a disposición del público”, establecen.

Ingresada la solicitud y habiendo proporcionado la información completa en el formulario, se emitirá mandamiento de pago en un plazo máximo de cinco días hábiles. De requerirse subsanación de cualquier aspecto, el interesado deberá hacerlo en un plazo máximo y perentorio de diez días hábiles.

Luego, notificado el mandamiento de pago, el interesado deberá hacerlo efectivo en un plazo máximo y perentorio de diez días hábiles. Ingresado el pago se emitirá el permiso en un plazo máximo de cinco días hábiles, a través de la notificación de una resolución final.

Los costos deberán verificarse en el "Tarifario por Permiso de Uso de Espacios Públicos", aunque aún no se difunde al público, según se verificó en el portal oficial de la APLAN.

APLAN no permitirá instalar centros terrazas

La APLAN definió los centros terrazas como las instalaciones compuestas por mesas, sillas, sombrillas y otros elementos ubicados en el espacio exterior adyacente o cercano a un establecimiento, funcionando como un área asociado a la actividad que se lleva a cabo dentro del establecimiento.

“En razón del dinamismo turístico y urbanístico generado debido a la promoción del Centro Histórico realizado por la Autoridad, es que considera pertinente realizar una actualización normativa de las disposiciones que regulan el uso de espacios públicos, con el objetivo de que la normativa institucional esté en consonancia con la realidad material de la delimitación territorial”, consideró la APLAN.

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En un principio, las condiciones para que los comercios se extendieran al exterior dependía de evitar ruidos fuertes, garantizar iluminación, la limpieza correspondiente, usar mobiliario urbano accesible para las personas, mantener la armonía estética del lugar, entre otros.

Con la reforma, se suprime el capítulo IV del Título II relativo a los Centros Terraza, por consiguiente se suprimieron los artículos del 26 al 34.

"Debido al dinamismo urbanístico del Centro Histórico de San Salvador en relación a este tipo de establecimientos es necesario regularlo específicamente en otro cuerpo normativo especializado", puntualiza la reforma.

La APLAN también canceló cuatro de sus facultades administrativas en la reciente reforma.

En el apartado del espacio público, la PLAN ya no cuenta con las facultades administrativas de sobre los espacios públicos.

Sigue vigente la disposición sobre la gestión de los espacios públicos. “Para efectos del presente reglamento, la gestión de los espacios públicos comprende de los actos de administración, mantenimiento y supervisión, así como actuaciones de tutela, defensa y recuperación y otras acciones que ejecute la Autoridad”, indica el documento.

Sin embargo, la reforma vigente manda a suprimir las cuatro competencias administrativas sobre el permiso de uso de los espacios públicos.

Por tanto, quedan sin lugar las competencias de que le compete a la APLAN decidir sobre otorgar permiso para el uso temporal del espacio público en la misma delimitación del Centro Histórico. Por tanto, tampoco podrá autorizar las tarifas en el marco de las actividades de uso del espacio público.

Tampoco podrán velar por el buen estado de los espacios públicos ni ejercer la vigilancia ni control para el correcto uso del espacio público.

Reciente vigencia

El Reglamento fue publicado en el Diario Oficial el pasado 18 de diciembre de 2023 y entró en vigencia el 26 de diciembre (ocho días después) y la autoridad reformó las medidas con siete meses de vigencia.

Las nuevas disposiciones aparecieron publicadas el pasado 1 de julio en el Diario Oficial, por lo que su entrada en vigencia fue el pasado lunes 8 de julio.

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