Aunque la familia de Benjamín Amaya junto a representantes de la Asociación de Periodistas de El Salvador (APES) pasaron todo el día del 22 de diciembre frente a la granja penal de Zacatecoluca, no fueron informados de su liberación, pese a tener carta de libertad de un juzgado.
A las 6:00 de la tarde que la familia abandonó la zona y logró tener señal de teléfono nuevamente, fueron avisados por otros parientes que el padre de la periodista Carolina Amaya había ya había llegado a su vivienda.
La APES se dirigió a verificar la condición del padre de la periodista.
Durante la noche del viernes, la periodista y su familia logró reunirse con su padre, quien llevaba un año detenido.
Una delegación de la APES acompañó al centro penal a la periodista Amaya desde las 8:00 de la mañana del viernes. Ella se presentó con la orden de libertad para su padre Benjamín Amaya, emitida por el Juzgado de Instrucción de Opico, después que la familia pagó una fianza de 10,000 dólares.
Desde la mañana que la familia entregó la carta de libertad, escuetamente los custodios le dijeron que esperara afuera, sin darle mayores detalles. Fue hasta pasadas las 4 de la tarde que les devolvieron la copia de recibido y al solicitar nuevamente información sobre la posible hora o fecha de la liberación recibió como repuesta que “los jefes ya están de vacaciones”.
Carta de libertad
El Juzgado le impuso al detenido medidas alternas a la detención el pasado 6 de diciembre y la caución económica durante una audiencia de revisión de medidas.
Sin embargo, Oswaldo Feusier, abogado de la clínica de primeros auxilios jurídicos de Apes, explicó que debido a que se había solicitado una revisión medida del procesado, Medicina Legal informó que don Benjamín no se encontraba en el penal de Mariona y desconocían su paradero.
El abogado explicó que el hecho que ni el juzgado, ni la defensa, ni la familia fueran informados sobre el traslado y el paradero del procesado da indicios de una posible desaparición forzada, según lo establece el derecho internacional.
“Nosotros creemos que se configuran indicios de un potencial ocultamiento de la situación de una persona que el Estado lo retuvo y que posiblemente pueda incurrir en un comportamiento estandarizado en legislación internacional como desaparición forzada de personas” declaró.
El 18 de diciembre, una de las hijas del detenido intentó entregar el paquete en el penal de Mariona, pero ahí le explicaron que no se encontraba en ese lugar, sino que había sido traslado a la Granja Penitenciaria desde el 30 de octubre, pero ni el juzgado, ni la defensa, ni la familia fueron notificados oficialmente.
Por su parte, representantes de la Asociación de Periodistas de la Apes, presentaron este jueves un aviso ante la Procuraduría de Derechos Humanos (PDDH) para que realice las acciones de localización.
Esa misma tarde, tras el pago de la fianza, el juzgado emitió la orden de liberad a favor del procesado, asumiendo que se encontraba en la Granja Penal.
El padre de Carolina fue capturado el 28 de febrero junto a cuatro líderes campesinos más en San Juan Opico días después de que supuestos representantes de una empresa de generación de energía renovable los amenazaron para que desalojaran unas tierras del Estado que utilizaban para cultivar en la finca Argentina desde 2020.
Los detenidos fueron señalados en las redes sociales de la PNC y la FGR de ser parte de una estructura de pandilleros que delinquía en los municipios de San Juan Opico y La Libertad, a quienes les atribuían los delitos de homicidios, desaparición de personas y extorsiones.
Sin embargo, el ministerio público los acusó en un juzgado especializados de San Salvador por agrupaciones ilícitas y limitación de la libre circulación, el cual lo sobreseyó definitivamente por agrupaciones por no ser parte de ninguna estructura pandilleril.
En cuanto al otro delito el juzgado se declaró incompetente y transfirió el proceso al Juzgado de Instrucción de San Juan Opico donde les decretaron prisión preventiva por seis meses.
Tres meses después aproximadamente la Fiscalía les acusó por el delito de estados agravada en perjuicio de víctimas bajo régimen de protección, es decir que se desconoce su identidad.