Una profesora y su hermana guardan prisión de forma injusta, según sus abogados Gloria Andrade y Andrés Medrano, quienes presentaron un recurso de apelación (solicitud de revisión de la sentencia por un tribunal superior al que la dictó) de la sentencia condenatoria dictada el pasado 15 de febrero contra la maestra Reina Vanessa Hurtado Cerna y su hermana, Ismelda Marisol Hurtado Cerna, por considerar que no fueron valorados la mayoría de contradicciones que hay en el proceso judicial y que hubo violaciones al debido proceso al que tienen derecho sus representadas.
Ambas hermanas han sido condenadas a pasar 16 años en prisión por, supuestamente, haber cometido el delito de “amenazas y limitación ilegal a la libertad de circulación”, contra dos personas a quienes en el proceso son conocidas con nombres claves: Halcón y Azul.
“Las investigaciones debidamente fundamentadas por parte de la Fiscalía General de la República (FGR), con apoyo de la Policía Nacional Civil (PNC), lograron establecer que las imputadas están ligadas a la “Mara Salvatrucha” y que se habían dedicado a infundir terror en la zona donde operaban”, reza un boletín publicado por la Fiscalía el 15 de febrero pasado.
Sin embargo, los abogados aseguran que eso es falso, igual que una publicación que hizo Diario El Salvador, el periódico estatal, en el que se etiquetaba como pandilleras a las hermanas Hurtado Cerna, a pesar de que la misma Fiscalía no logró probar que fueran colaboradoras de esos grupos porque, según los letrados, no lo son.
En la fecha cuando fueron capturadas, hacía menos de tres meses que Reina Vanessa había recibido su título de la Universidad de El Salvador, que la acredita como Licenciada en Ciencias de la Educación.
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Cuando la profesora fue capturada, tenía 17 años de ser maestra de la escuela municipal de Ciudad Futura. De hecho, saliendo a almorzar iba cuando del puesto policial de esa colonia que está a pocos metros del centro escolar, un policía la llamó diciéndole que el jefe de él quería hablar con ella. Todo fue un engaño. En ese momento la capturaron por el delito de agrupaciones ilícitas, bajo el régimen de excepción.
Libertad bajo fianza en proceso de agrupaciones ilícitas
En la audiencia inicial por este proceso, es decir, de agrupaciones ilícitas, el juzgado especializado dictaminó que la maestra recobrara su libertad luego de que pagara una fianza de $2,000. Su hermana, mientras tanto, no obtuvo ese mismo beneficio, y según los abogados es porque de ella, la familia no pudo presentar a tiempo los documentos que mostraran que no evadiría la justicia, el llamado arraigo.
Sin embargo, a pesar de que la familia de la profesora logró conseguir el dinero para pagar la fianza, ella no pudo realmente recobrar su libertad porque mientras esperaba salir libre, la policía les notificó que serían procesadas por el delito de “amenazas y limitación ilegal a la libre circulación”.
“No hubo oportunidad de poder acompañarla y presentar los suficientes arraigos debido a que la abogada de la Procuraduría (General de la República, PGR) a la que le asignaron la defensa, no hizo lo que tenía que hacer”, afirmó Andrade, en referencia a por qué el juzgado especializado que lleva el proceso por agrupaciones ilícitas no dictaminó a favor de Ismelda Marisol lo mismo que a Reina Vanessa.
“En papel se les garantizó el derecho a la defensa pero en la práctica, los abogados de la PGR no hacen nada”, apuntó Andrade, en el mismo sentido.
Un proceso con múltiples incongruencias
De acuerdo con los abogados de la profesora y su hermana, el proceso judicial tras el cual se condenó a ambas a 16 años de prisión, ocho por cada una de las dos supuestas víctimas, tiene muchas irregularidades en la investigación y contradicciones de parte de las víctimas, pero el tribunal no las tomó en cuenta a la hora de emitir el fallo.
Andrade indica que una de las irregularidades, por ejemplo, es que hubo un reconocimiento de rueda de reos por parte de las supuestas víctimas, lo cual es ilógico pues estas eran vecinas inmediatas de las acusadas, por más de 20 años, por lo tanto, era de esperarse de que ambas fueran fácilmente reconocidas. Esa es una prueba que no debió ser admitida ni valorada por el juez.
Los defensores aducen que el problema que llevó a sus defendidas a una condena se pudo haber solucionado mediante una proceso de conciliación en un juzgado de paz o mediante la Unidad de Solución Temprana, de la misma Fiscalía, pues todo inició por una discrepancia entre vecinos, en uno de los casos, por una filtración de agua de una pila.
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“Es un problema que se pudo haber resuelto de manera conciliatoria porque está claro que todo se trata de un problema entre vecinos que se pudo haber resuelto mediante un proceso conciliatorio en un juzgado de paz”, afirmó Oscar Navarro, otro abogado cercano al proceso.
Nulidad de la vista pública
El pasado 6 de marzo, los abogados de la maestra y su hermana presentaron un recurso de apelación y solicitaron la nulidad absoluta de la vista pública, con la esperanza de que un tribunal superior corrija lo que, a criterio de ambos, el Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador no hizo.
Los letrados aseguran que el juzgador no usó la sana crítica de todos los elementos que se le son atribuidos a sus defendidas; aducen que las pruebas presentadas por la Fiscalía podrían encajar en el delito de amenazas no con el de limitación ilegal a la libertad de circulación, puesto que la Fiscalía no pudo probar la intención de las hermanas Hurtado Cerna para cometer el delito por el cual fueron condenadas.
Una contradicción en el proceso de investigación es que las víctimas pidieron régimen de protección (ocultamiento de identidad) aduciendo que temían por sus vidas, sin embargo, también aseguran que las amenazas las comenzaron a recibir en 2017, luego en 2019 y las últimas en 2021.
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De acuerdo con familiares de las hermanas Hurtado Cerna, a pesar de que las víctimas afirmaron en sus denuncias, puestas el mismo día en la PNC, que abandonarían sus casas, no lo hicieron, pues continúan en sus mismos domicilios. Es más, las supuestas víctimas han amenazado a algunos de los vecinos que la defensa presentó como testigos de descargo, es decir, a favor de la maestra y su hermana.
De acuerdo con familiares de la maestra y su hermana, ambas fueron señaladas por las supuestas víctimas, de ser colaboradoras de la Mara Salvatrucha (MS-13), sin embargo, en el proceso judicial, la Fiscalía no detalló el perfil de criminal de ambas ni el grado de participación dentro del grupo terrorista.
Los abogados también alegan en su recurso de apelación que era un hecho notorio que las pandillas pedían a sus víctimas salirse de sus casas para luego ocuparlas para realizar o planificar hechos delictivos y es precisamente en ello que radica el dolo de apoderarse de las casas para usarlas ellos o sacarles provecho, lo cual no ha ocurrido con las personas que denunciaron a la maestra y a su hermana.
De acuerdo con fuentes de El Diario de Hoy, las supuestas víctimas continúan viviendo en sus casas a pesar de que en sus declaraciones aseguran que han venido recibiendo amenazas de pandillas desde el 2017.
De acuerdo a familiares y abogados, los testimonios de las víctimas son contradictorios. Incluso aseguran que una de las amenazas las recibieron por medio de una carta, pero la Fiscalía no presentó el documento como prueba.
Los abogados también alegan que existió violación al debido proceso de parte del Tribunal debido al bloqueo que durante la vista pública hubo, al objetar preguntas que la defensa hacía a sus testigos de descargo, o bien bloqueando las respuestas que éstos daban, siendo eso una facultad que no le correspondía, pues eso incumbe a la Fiscalía.
Tanto familiares como abogados esperan que la apelación presentada sea resuelta a favor para que en una nueva vista pública, se valore todos los vicios que, a su criterio, hubo en la realizada por el Tribunal Segundo de Sentencia.