La nueva Ley del Cuerpo de Bomberos que estudiarán los diputados contiene un apartado que estipula las faltas consideradas leves, graves y muy graves y las sanciona con multas que van desde los 10 salarios mínimos hasta los 30.
Esto supone una actualización de las sanciones vigentes luego que el Cuerpo de Bomberos ha realizado una inspección a un edificio y el mismo no cuenta con las medidas de prevención requeridas para prevenir incendios.
La ley actual, que data de 1995, es decir que fue aprobada hace 27 años, contempla sanciones económicas entre los 5 mil y los 25 mil colones. Convertidas a dólares esto significa $571 a $2,857.
La nueva normativa sancionará con 10 salarios mínimos del sector comercio las faltas consideradas leves, esto es $3,650; las faltas graves con 20 salarios mínimos: $7,300 y las muy graves con 30 salarios mínimos es decir un tope de $10,950.
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Entre las faltas consideradas leves se encuentran, según el artículo 60 propuesto: no contar con detectores de bióxido de carbono, humo, autónomos o controlados desde una consola de control.
No contar con rutas de evacuación y emergencia a seguir en caso de suscitarse alguna contingencia.
La falta de designación de un punto de reunión o zona de seguridad debidamente señalizada.
No instalar extintores de forma accesible y visible y con la señalización apropiada y no mantener los pasillos de circulación peatonal debidamente señalizados, entre otros.
Entre las faltas consideradas graves se encuentran no instalar extintores contra incendios apropiados para mitigar el riesgo existente en el establecimiento, negocio o empresa.
No implementar un sistema de alarma de emergencia, con estaciones manuales de activación, actuar u omitir por negligencia grave las funciones de inspección, entre otros.
Y las faltas consideradas muy graves son: la falta de implementación de lámparas de emergencia en el establecimiento, negocio o empresa, la falta de un sistema contra incendios normado o certificado a base de agua, compuesto con gabinetes de mangueras u otro sistema contra incendios.
No instalar una escalera de emergencia externa cuando el edificio exceda los cuatro niveles, entre otras.
Plazos
Además de especificar en la ley las infracciones y elevar las multas, la nueva ley también establece plazos para que las empresas o instituciones o todo sujeto susceptible de su cumplimiento, hagan las adecuaciones luego que la inspección de bomberos lo haya determinado.
Desde 15 a 30 días para hacer inversiones hasta los 10 salarios mínimos; de 1 a 3 meses para adecuaciones por valor hasta 100 salarios mínimos y de 3 a 12 meses para inversiones superiores a 100 salarios.