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Nueva ley de niñez abre debate sobre protección de la vida desde la concepción

Así lo considera el proyecto de ley “Crecer Juntos” iniciativa impulsada por el Ejecutivo , y se encuentra actualmente en debate en la Comisión de Familia de la Asamblea Legislativa

Por Enrique Carranza | Jun 20, 2022- 21:55

Modelo computarizado de un embrión humano a las siete semanas de concepción. / Science Photo Library via AFP

La eventual aprobación de la Ley Crecer Juntos enfrenta los ideales de quienes defienden los derechos de las mujeres y de organizaciones pro vida, así lo dejan entrever algunos de sus representantes.

El proyecto de ley “Crecer Juntos” es una iniciativa impulsada por la Primera Dama, Gabriela Rodríguez de Bukele, y se encuentra actualmente en debate en la Comisión de Familia de la Asamblea Legislativa.

La misma “tiene por finalidad garantizar el ejercicio y disfrute pleno de los derechos de toda niña, niño y adolescente y facilitar el cumplimiento de sus deberes, a través de la creación de un Sistema Nacional de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia con la participación de la familia, la sociedad y el Estado, fundamentado en la Constitución de la República y tratados internacionales, especialmente, en la Convención sobre los Derechos del Niño”.

De ser aprobada la Ley Crecer Juntos, entraría en vigencia en enero de 2023 y derogaría la vigente Ley Integral de Protección de la Niñez y Adolescencia (Lepina).

El artículo 4 del proyecto de la ley específica que la niñez comprende desde la concepción hasta antes de cumplir los doce años; y la adolescencia, desde los doce hasta cumplir los dieciocho años.

VER: Ministro de Salud: Ley Crecer Juntos protege el derecho a la vida desde la concepción

Dentro de la niñez existe una etapa del desarrollo denominada primera infancia, que comprende a niñas y niños desde su gestación hasta cumplir los ocho años.

Gabriela de Bukele, primera dama de El Salvador, periodo 2021-2024. / Foto Cortesía–@SaludSV

A partir de esa segmentación se puede hablar del articulo 16 del proyecto de ley, el mismo que genera opiniones las encontradas.

Ese apartado establece “se reconoce el derecho a la vida desde el instante de la concepción. La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asegurar a la niña, niño y adolescente una vida digna, crecimiento óptimo y desarrollo integral, inclusivo y no discriminatorio, en los ámbitos físico, mental, espiritual y social”.

Desde la concepción

El límite que establece el termino “concepción” es el que genera la pregunta ¿si con el se cierra la posibilidad al aborto, independiente de las causas?

“Sí, se cierra toda puerta (al aborto), ya que en armonía con nuestra Constitución, la ley ha dejado claro que reconoce la vida desde la concepción”, considera el abogado y notario Óscar Castellanos, directivo de Fundación Sí a la Vida.

A pesar de ser tajante y argumentar su opinión sobre el proyecto de ley y la relación con la Carta Magna, a Castellanos le inquieta “algo” la redacción artículo 19, el cual incluye el término “emergencias obstétricas”, pues con ello “puede dar lugar a que erróneamente se interprete dicho término de la misma forma en que ocurrió en la más reciente sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es decir como un sinónimo de aborto”.

Ese último artículo mencionado por Castellanos “salvaguarda el derecho a la vida en a casos de emergencia”.
Para Morena Herrera, del Colectivo Feminista, “el concepto vida tiene múltiples definiciones , según desde que disciplina se aborda: biología, física, filosofía, religión, y cambia según las culturas y el desarrollo científico. Vida también es la de una de las células más primarias de nuestro cuerpo, como una gota de sangre, un óvulo, un espermatozoide …”.

Fecundación
Imagen computarizada del momento de fecundación de un óvulo. / Foto archivo

Ella sostiene es necesario distinguir entre vida y persona.

“Cuando hablamos del derecho a la vida de las personas, nos referimos a una vida digna, no solo a la existencia vegetativa. Para definir a persona debemos tener en cuenta lo que nos diferencia por ejemplo de otros seres vivos más cercanos como son los animales. Esa diferencia fundamental es nuestra capacidad de razonar, de tener conciencia de sí mismo, detener memoria, de nuestro carácter social …, es decir se debe definir no solo desde la biología, sino desde la antropología, la filosofía y otras disciplinas …”, expone.

Puntualiza que “introducir la frase el derecho a la vida desde el instante de la concepción, lo consideramos una concesión de quienes han redactado esta ley a los sectores conservadores que se oponen al derecho a regular la capacidad reproductiva que tenemos las personas o a la interrupción de un embarazo en determinadas circunstancias”.

El artículo 19

A diferencia de Castellanos, de Sí a la Vida; Herrera ve en positivo el artículo 19.

“Valoramos positivamente que se establezca la responsabilidad del personal médico en una situación de emergencia obstétrica que ponga en riesgo la vida o la salud de niñas y adolescentes;sin embargo… en el caso de una interrupción del embarazo, por ejemplo ante un embarazo ectópico, se le da al personal médico la responsabilidad de intervenir, pero no se le da garantía jurídica para hacerlo. Se necesitaría una compatibilización de la legislación”, mencionó Herrera.

Lea también: Ley Crecer Juntos sustituirá la Lepina y Ley de Salas Cuna

Para Keyla Cáceres, del Colectivo Amorales, el artículo 16 no cierra la posibilidad de interrumpir el embarazo.
“Recordemos que hay una sentencia contra el Estado salvadoreño en el caso de Manuela; sin embargo nuevamente está ley está sentando las bases para seguir sin considerar la penalización absoluta del aborto como un problema de salud pública que afecta a las mujeres pobres, está ley no está considerando la violencia sexual como el inicio de una maternidad forzada y que como sabemos en este país es un pandemia en niñas y adolescentes”, expresó la activista.

A la vez señala que “lamentablemente no se hace un análisis del derecho a decidir sobre los cuerpos de las mujeres, y sobre todo no se nos considera desde el momento que se está gestando como personas sujetas de derechos”.

Cáceres hace énfasis al expresar en que momento inicia la vida y argumenta en conceptos de la Organización Mundial de la Salud, OMS.

“Desde la Colectiva Amorales, lo correcto sería cuando la cresta neural está conformada y existe un sistema nervioso central en funcionamiento, porque la OMS dice que la muerte es cuando tu sistema nervioso central deja de funcionar; entonces quiere decir que la vida inicia cuando el sistema nervioso central comienza a funcionar, esto es aproximadamente entre los 5 y 6 meses que es lo que los cristianos llamaron entrada del alma pero en realidad es el funcionamiento del cerebro, el sistema nervioso central”, sostiene Cáceres.

La activista, además, indicó que “el problema con esto es que se usa la palabra concepción y eso es cristianizar la vida, al final nada muere solo se transforma entonces no hay un inicio y un final, solo una espiral de transformaciones”, opina.

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