El descenso de categoría de Municipal Limeño ha traído consigo temas más allá que el equipo de Primera División no juegue la etapa de cuartos de final, en caso de clasificar, tal como lo dictan las Bases de Competencia de dicha categoría.
Y es que, históricamente se ha aplicado el artículo 68 (en el caso de las bases actuales) que si el equipo de Primera División desciende, su equipo de reservas tampoco juega dicha instancia. Esto sucedió con Luis Ángel Firpo en el torneo Clausura 2014, cuando dicho equipo avanzó a semifinales, pero no pudo jugar por la pérdida de categoría del equipo mayor. Esa misma situación se daría en este torneo, ya que las bases son aplicables.
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Por otro lado, en el actual torneo, el equipo femenino de Municipal Limeño, que terminó la fase regular como líder invicto del grupo B con 26 puntos, producto de ocho victorias y dos empates, sin derrotas, estaría jugando las semifinales de la categoría, sin embargo, fuentes de la liga expresaron hace algunas semanas que se iba a aplicar la misma normativa que en las reservas.
Sin embargo, ya con el descenso del equipo mayor de los cucheros como una realidad, desde la Primera División, en comunicación interna con periodistas hizo saber que la implicación del descenso del equipo mayor en esta categoría iba a ser discutida en la reunión de presidentes de este lunes.
En el caso de la categoría femenina esta es la primera ocasión en que la pérdida de categoría tendría consecuencias, por lo cual es un tema que entraba en un limbo, al no contar con especificación en las bases de competencia de esta división.
Las Bases de Competencias de la presente temporada en la categoría femenina no tocan de manera directa en ningún artículo, la vinculación del descenso del equipo mayor, sin embargo, algunas jugadoras del plantel se expresaron por haberse quedado fuera de las semifinales, ya que sabían de antemano la situación en la que estaba dicha categoría si bajaban los cucheros.
¿Puede haber un cambio a la normativa para que Limeño femenino juegue las semifinales?
El artículo 64 de la normativa denominado "Lo no previsto", menciona que "lo no previsto se estará a lo dispuesto en las Bases de Competencia de la categoría mayor en lo que sea aplicable, pero lo no previsto en dichas bases será resuelto discrecionalmente por el Comité Ejecutivo de la Fesfut a solicitud de la Junta Directiva de la Primera División, con la aprobación del 80 por ciento de sus afiliados".
Es decir, que si 10 equipos de los 12 envían la solicitud que el equipo femenil de las orientales pueda jugar y la Fesfut la aprueba, de acuerdo al mismo artículo "será de acatamiento inmediato y se introducirá como norma futura en el correspondiente ordenamiento legal" con lo cual, las santarroseñas harían efectiva su participación en las semifinales y la norma ya quedará escrita para las siguientes Bases de Competencia.