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Autoridades detienen a 44 personas por conducir bajo efectos del alcohol durante esta Semana Santa

Asimismo, se han aplicado 2,800 multas a conductores por incumplimientos a la normativa de tránsito.

Por Enrique Carranza | Abr 14, 2022- 15:00

Las autoridades realizan múltiples controles vehiculares esta Semana Santa. Foto MOP

Las autoridades informaron hoy que no menos de 44 personas han sido sorprendidas y capturadas  por conducir bajo los efectos del alcohol durante esta Semana Santa; además que las multas impuestas en general por no cumplir la legislación vial ya rondan las 2,800.

“Hasta este día tenemos 44 personas detenidas por la ingesta de bebidas alcohólicas, hemos tenido hasta un máximo de 500 gramos de alcohol que se han detectado en la sangre. Estas acciones no son  solo para detener a personas o poner una infracción, sino cuidar de esa persona que ha ingerido bebida  alcohólica y cuidar a los demás, porque esa persona puede tener un accidente vial en alguna carretera  y eso puede generar algún fallecido por accidente”, detalló el ministro de Obras Públicas, Romeo Rodríguez Herrera.

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Además se conoció que durante este periodo vacacional el MOPT ha realizado más de 1,000 pruebas antidoping, con la finalidad de  sacar de circulación a todo conductor que encuentren manejando bajo bebidas alcohólicas.

Asimismo, se han aplicado 2,800 multas a conductores por incumplimientos a la normativa de
tránsito, entre ellas el manejar bajo efectos del alcohol.

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De acuerdo a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial la conducción bajo los efectos del alcohol es considera como falta muy grave y como efecto tiene sanción económica ($57.14) y la remisión del vehículo.

También es considerada falta muy grave : circular a mayor velocidad de la reglamentaria; no respetar o atender las señales del personal autorizado que se encuentre realizando trabajo de señalización vial;  ir en sentido contrario en vías de sentido único; conducir bajo los efectos de  estupefacientes o enervantes; sobrepasar un vehículo cuando otro vehículo venga en dirección opuesta o en curvas, puentes y techos angostos, no ceder el paso a peatones que crucen por la zona de seguridad; no respetar la señal de alto.

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Además, por la conducción bajo los efectos de alcohol, el artículo 147 del Código Penal considera: «El que mediante conducción peligrosa de vehículo de motor transgrediere las normas de seguridad vial, poniendo en peligro la vida o la integridad física de las personas, será sancionado con pena de prisión de dos a cuatro años»

Otras faltas consideradas en la normativa vigente

Faltas leves
La efectuar maniobras en vías de mucho tránsito, de una sola dirección o virar en «U» donde no es permitido; también aquellos que no respeten el carril reglamentario al virar a la izquierda, se estacionen al contrario de la vía, no guarden la distancia reglamentaria de vehículos en marcha, serán acreedores de una infracción de $11.43.

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Faltas graves
Conducir haciendo curvas o haciendo «zig-zag», no respetar el derecho de vía o interceptar la vía, no disminuir la velocidad en zonas restringidas tales  como: colegios, escuelas, iglesias, hospitales, centros deportivos, mercados, etc. También sobrepasar a otros vehículo y no respetar las señales de precaución, las autoridades impondrán una multa de $34.29.

Se debe mencionar que a los motociclistas quienes viajen sin el casco protector, tanto el conductor como el acompañante o que sobrepasen la capacidad máxima de dos personas les será aplica la misma multa.

 

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