La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) se pronunció en rechazo a las recientes reformas al Código Penal y a la Ley de Proscripción de Pandillas aprobadas en la Asamblea Legislativa pues considera que criminaliza el trabajo de los periodistas y los medios de comunicación.
El organismo ve con preocupación que enmiendas en la Ley de Proscripción de pandillas y la pena de hasta 15 años de prisión, incluso para quienes difunda o reproduzcan mensajes de pandillas, contemplado en el Código Penal , afectan de forma directa el ejercicio de la profesión.
El presidente de la SIP, Jorge Canahuati, califica estas reformas como "una mordaza legal, una censura directa y previa a los medios" la cual asegura "tendrá profundas consecuencias para la sociedad salvadoreña".
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"Es evidente y lamentable que se aprovechen las circunstancias de la grave violencia social que padece el país para legalizar restricciones y profundizar la hostilidad que ha demostrado este gobierno contra la prensa", manifiesta por su parte Carlos Jornet, presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP.
Jornet resalta "que la mordaza" impuesta al ejercicio periodístico en El Salvador mediante estas reformas atenta contra los principios constitucionales de la libertad de prensa y los tratados internacionales que defienden los derechos fundamentales a la expresión y la información.
Con 63 votos el marte por la noche, los diputados aprobaron la reforma al Código Penal en el artículo 345-C, en el que se establecen dichos castigos.
"El que elaborare, participare en su elaboración, facilitare o fabricare, textos, pinturas, diseños, dibujos, grafitis o cualquier forma de expresión visual en bienes inmuebles de uso público o privado, que explícita o implícitamente transmitan mensajes, señales, denominaciones, propagandas, o cualquier tipo de manifestación escrita que haga alusión a las diferentes agrupaciones, o asociaciones criminales terroristas de maras o pandillas, y en especial las que tengan como finalidad aludir a control territorial de dichos grupos o a transmitir amenazas a la población en general, será sancionado con pena de prisión de diez a quince años", reza el artículo modificado.
Añade que "igual sanción incurrirán quienes, por medio del uso de las Tecnologías de la Comunicación y la Información, medios de comunicación radial, televisivo, escrito o digitales, reproduzcan y transmitan mensajes o comunicados originados o presuntamente originados por dichos grupos delincuenciales, que pudieren generar zozobra y pánico a la población en general".