Las reformas penales y nuevas multas, hasta con penas draconianas de cárcel para quienes manejan tras consumir alcohol, no se pueden aplicar aún porque no se ha cumplido con el trámite de ley que incluye la publicación del decreto en el Diario Oficial, coincidieron los abogados Enrique Anaya y Jaime Ramírez Ortega.
"Es nula una pena o una sentencia cuando no hay una ley previa", explicó el abogado penalista Ramírez Ortega.
La Asamblea Legislativa aprobó el viernes la reforma, que sanciona hasta con cárcel a quienes hayan tomado aunque sea una pizca de licor. Desde entonces ha sido detenida más de una veintena de conductores a los que se les ha amenazado con aplicarlas las nuevas normativas.
La confunsión sobre la vigencia del decreto se generó desde la Asamblea cuando se anunció que las reformas quedaban en vigor desde el día que se emitieron. Pero el artículo 140 de la Constitución es claro al decir que para que una ley entre en vigor tiene que publicarse y cobrará vigencia ocho días después, lo cual no ha ocurrido hasta ahora, afirmó.
El Viceministerio de Transporte argumentó que "por su carácter de orden público, las reformas a la Ley entraron en vigencia desde su publicación inmediata en el Diario Oficial, que se hizo la misma noche del viernes 20 y para lo cual hemos implementado toda una campaña para informar a la población".
En este punto, el abogado Ramírez Ortega recordó que es falso que una ley no necesita la publicación en el Diario Oficial por ser de orden público. "Tiene que publicarse (para entrar en vigencia), ya sea ley de orden público, ley privada o cualquier otro decreto y ocho días después entra en vigencia", explicó el abogado Ramírez.
El artículo 140 de la Constitución de la República dice: "Ninguna ley obliga sino en virtud de su promulgación y publicación. Para que una ley de carácter permanente sea obligatoria deberán transcurrir, por lo menos, ocho días después de su publicación. Este plazo podrá ampliarse, pero no restringirse".
Ramírez afirmó que consultó en el Diario Oficial y su última publicación es la del 10 de diciembre.
"Esta ley ya se está aplicando, pero ni siquiera se ha publicado. Esto es completamente ilegítimo y todas las acciones que hagan la Policía Nacional Civil o los gestores de tránsito, en la aplicación de multas o detención de personas, no tendrán ninguna validez", subrayó.
Cualquier abogado alegará que no hay vigencia del decreto y más que hacerlo por salvar a gente irresponsable, lo hará porque esa práctica se puede prestar a ilegalidades y cualquier ciudadano se puede ver víctima de la imposición de delitos que no ha cometido o leyes que no estaban vigentes en el momento en que un litigio.
Por su parte, el abogado constitucionalista Enrique Anaya retó al VMT a demostrar dónde está publicada la reforma y la base legal para la vigencia inmediata, pues "no está vigente, no está publicada". Es claro que la reforma sobre " mal llamada tolerancia cero" con el alcohol "es solo un show, una cortina de humo" para obviar temas como la minería y la corrupción del bukelato", remarcó.
Según el abogado, son inválidas las detenciones y multas aplicando reformas no vigentes, pues no han sido publicadas en el Diario Oficial. "El bukelato sigue con más ilegalidades, imponiendo miedo a través de arbitrariedades", enfatizó.
Una "certificación" de un funcionario cualquiera de que se publicó en tal fecha no vale de nada si no está cumplido ese trámite como manda la ley y aún así habrá que esperar los ocho días siguientes para que entre en vigencia.
Anaya indicó que no se debe tolerar ni tomar como algo normal que se cometan arbitraridades. "Son acciones diarias de esta dictadura que vive El Salvador, pero NO DEBEMOS NORMALIZAR tales arbitrariedades. La dictadura del bukelato busca que aceptemos como normales las ilegalidades, la corrupción y la violación masiva de los derechos humanos. ¡No caigamos en esa distorsión moral! Y con la excusa de que son de orden público que por eso no necesitan publicarlo", recalcó.
Los abogados se pronunciaron así por el principio de legalidad y para que no haya arbitrariedades, pero no para justificar la irresponsabilidad de quienes toman licor, manejan y dañan a otras personas.