El Viceministerio de Transporte (VMT) informó de 23 detenciones de personas conduciendo habiendo ingerido bebidas embriagantes, independientemente del nivel de alcohol detectado, entre ellas una persona con 25 grados.
El gobierno insiste en la que la reforma aprobada el pasado viernes ya está vigente, pese a que la página web del Diario Oficial no está actualizada, pues al cierre de esta nota la última edición disponible corresponde al 10 de diciembre de 2024.
"Desde el 21 de diciembre, que fue aprobada la reforma a la Ley de Transporte Terrestre, y que entró en vigencia de inmediato se publicó en el Diario Oficial por ser de orden público, contabilizamos 23 detenidos por conducción peligrosa, lo que representa una disminución del 50 % frente al mismo periodo del año pasado", habría dicho el viceministro de Transporte, Nelson Reyes.
DE INTERÉS: Asamblea aprobó conducción peligrosa en cualquier nivel de alcohol
Para algunos juristas, la reforma debe cumplir con el periodo de formación de ley, conocida como "vacatio legis", aún cuando en el decreto se haya consignado que entraría en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial, la cual no ha sido realizada.
"La reforma NO ESTÁ VIGENTE. Es impropio que un medio de comunicación se preste a divulgar ilegalidades, afirmando que la detención se hace por "las nuevas reformas", cuando en realidad se trata de una detención ilegal", comento en X el abogado constitucionalista, Enrique Anaya.
Además, el decreto de reforma al Código Penal no estableció que fuera de orden público como dijo Reyes, solo se estableció en la reforma a la Ley de Tránsito.
"Precisamente en este momento ya se tiene el reporte de la primera persona detenida que resultó con 25 mg/dl de alcohol en aire espirado; esta persona deberá enfrentar un proceso penal por el delito de conducción peligrosa y una multa muy grave de $150, así como la suspensión de la licencia de conducir por un año, y en caso de reincidencia este plazo aumenta", sostuvo Reyes.
La reforma el Código Penal para incrementó las penas de cárcel en el rango de 2 a 5 años si se detecta a una persona conduciendo habiendo consumido bebidas embriagantes, independientemente del nivel de consumo.
La pena será de 5 a 10 años de prisión cuando se trate de la conducción peligrosa de vehículo de motor de transporte público de pasajeros o de carga y de generar un accidente con fallecidos y lesionados, la pena se aumentaría a diez años.
También se detuvo a una persona que resultó positiva con 143 mg/dl de alcohol en aire espirado, en el control ubicado en la carretera al puerto de La Libertad. Además de la multa y del proceso penal se decomisa la licencia de conducir y el vehículo.
En lo que va de la temporada, se registraron dos conductores que han causado la muerte de personas por conducir bajo los efectos del alcohol.
"Tenemos los casos de un menor de edad de dos años y 11 meses y de un peatón que perdieron la vida por culpa de personas irresponsables que deberán enfrentar la justicia y hasta 10 años de cárcel por los delitos de conducción peligrosa y homicidio culposo", según las publicaciones en redes sociales del VMT.
Desde el martes el VMT realiza una jornada de sensibilización a los conductores sobre las reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial que fueron aprobadas la semana pasada y que incrementó el valor de las sanciones económicas, dejando las leves en $50, las graves en $100 y las muy graves en $150.