Personal del Viceministerio de Transporte (VMT) participó este martes de una jornada de sensibilización a los conductores sobre las reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial que fueron aprobadas la semana pasada y que incrementan costo de las multas por infracciones de tránsito.
La jornada de socialización de las reformas a la Ley se realizó sobre la carretera Panamericana, tramo hacia Santa Tecla, a un costado del centro comercial La Gran Vía, según publicó el gobierno en sus redes sociales.
La reforma incrementó el valor de las sanciones económicas, dejando las leves en $50, las graves en $100 y las muy graves en $150.
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Además, se reformó el Código Penal para incrementar las penas de cárcel en el rango de 2 a 5 años si se detecta a una persona conduciendo habiendo consumido bebidas embriagantes, independientemente del nivel de consumo.
La pena será de 5 a 10 años de prisión cuando se trate de la conducción peligrosa de vehículo de motor de transporte público de pasajeros o de carga y de generar un accidente con fallecidos y lesionados, la pena se aumentaría diez años más.
“Cualquier persona que sea sorprendida conduciendo después de haber consumido bebidas alcohólicas, ya sea que le salga un grado en adelante, es considerada que está cometiendo el delito de conducción peligrosa. Esto es importante que la población lo sepa, que todos se enteren, puesto que no existe un margen de tolerancia”, expresó el viceministro de Transporte, Nelson Reyes, según la cuenta del VMT en X.
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El gobierno insiste en la que la reforma que fue aprobada el pasado viernes ya está vigente, pese a que la página web del Diario Oficial no está actualizada, pues al cierre de esta nota la última edición disponible corresponde al 10 de diciembre de 2024.
“El viernes fue aprobado, sancionado y publicado en el Diario Oficial una serie de reformas que incumben al Código Procesal Penal, pero también a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial”, habría dicho Reyes.
Para algunos juristas, la reforma debe cumplir con el periodo de formación de ley, conocida como “vacatio legis”, aunque en el decreto se haya consignado que entraría en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.