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Asamblea aprueba ley para estabilidad del sistema financiero

Establece la creación y funcionamiento de Comité de Estabilidad Financiera y el régimen jurídico del Instituto de Garantía de Depósitos

Por Susana Peñate | Nov 22, 2024- 13:33

La Asamblea Legislativa reanudó este viernes la sesión plenaria No. 30

Nuevas Ideas y sus aliados en Asamblea Legislativa aprobaron este viernes la Ley para la Estabilidad del Sistema Financiero y Garantía de Depósitos, la cual establece las facultades de la Superintendencia del Sistema Financiero como autoridad de resolución, con la finalidad de “proteger la estabilidad del sistema financiero”, la continuidad de los servicios financieros esenciales y los derechos de los depositantes de las entidades en problemas.

La ley aplicará para bancos, excepto el Banco de Fomento Agropecuario; las sociedades de ahorro y crédito, los bancos cooperativos y las asociaciones cooperativas. Asimismo, establece la creación y funcionamiento de Comité de Estabilidad Financiera y el régimen jurídico del Instituto de Garantía de Depósitos.

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Asimismo, establece la creación y funcionamiento de Comité de Estabilidad Financiera y el régimen jurídico del Instituto de Garantía de Depósitos.

Dicho comité deberá coordinar el seguimiento de la evolución del sistema financiero, el monitoreo del riesgo sistémico y las actividades de prevención y manejo de crisis financieras sistémicas.

El Comité estará integrado por los titulares del Banco Central de Reserva (BCR), la Superintendencia del Sistema Financiero, el Instituto de Garantía y el Ministerio de Hacienda.

El consejo directivo de la Superintendencia, al ordenar alguna resolución de una entidad y si se requiera podrá decretar la suspensión de las operaciones de una entidad, “en defensa de los derechos de los depositantes y por razones de interés público”, previa opinión favorable del BCR.

También podrá revocar la autorización de operar a bancos y sociedades de ahorro y crédito y suspender definitivamente las operaciones de bancos cooperativos y asociaciones y sociedades cooperativas cuando incurran en las causales establecidas en la ley.

El proyecto incluye en su articulado el establecimiento de planes de recuperación y resolución de entidades, la recuperación de entidades, estados financieros y amortización de pérdidas, así como un régimen de resolución.

Modifica régimen de Instituto

Con la ley se crea el Instituto de Garantía de Depósitos, que tendrá el objetivo de garantizar los depósitos del público y fomentar la confianza y estabilidad en el sistema financiero. Tendrá entre sus facultades calcular y cobrar las primas, facilitar los fondos para la implementación de la medida de resolución acordada por la autoridad, pagar la garantía de los depósitos del público y obtener información de depósitos oportuna y precisa de las entidades miembros.

Mientras que el instituto sucederá “por ministerio de Ley” en todos sus bienes, derechos y obligaciones al Instituto de Garantía de Depósitos que fue creado con la Ley de Bancos en 1999.

La entidad será administrada por un consejo directivo, cuyos miembros durarán cuatro años en el cargo.

Estará integrado por dos directores nombrados por la directiva del BCR, quienes se desempeñarán como presidente y vicepresidente. El BCR también nombrará un director seleccionado de una terna enviada por el ministro de Hacienda, otro director seleccionado de una terna propuesta por el ministro de Economía, un director seleccionado de una terna propuesta por el Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas, y otro de una terna enviada por universidades privadas.

El decreto da un plazo de 60 días, a partir de la vigencia de la ley, para llevar a cabo el nombramiento de los directores.

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