La Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión de la Asamblea Legislativa inició con el estudio de la propuesta de Ley para el Fomento de entidades Fintech y regulación de servicios financieros digitales que presentó el gobierno a mediados de agosto de este año.
En la sesión de este viernes se leyeron los 78 artículos que conforman el proyecto de ley y, a propuesta del diputado William Soriano, se acordó invitar al presidente del Banco Central de Reserva (BCR), Douglas Rodríguez, para que brinde su postura sobre esta iniciativa de ley.
Aplicaría a las entidades salvadoreñas y extranjeras que realicen operaciones en El Salvador y que ofrezcan productos o servicios financieros digitales, a través del uso de tecnologías financieras, denominadas “Entidades Fintech”. Pero no aplicaría para los sujetos que ya están regulados con otras leyes, como el caso de la Ley Bitcoin, la de Emisión de Activos Digitales y la Ley para facilitar la inclusión financiera.
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Añade el proyecto que será el Comité de Normas del BCR el que emitirá la normativa técnica específica y necesaria para ejercer la regulación de las entidades; pero será el consejo directivo del Banco el que emitirá la normativa técnica para la autorización y vigilancia de las entidades Fintech de pagos y préstamos mediante plataformas digitales.
Los segmentos del ecosistema financiero digital que se reconocerán con la ley son: Pagos mediante plataformas digitales, plataformas digitales de financiamiento alternativo o Crowdfunding (financiación colectiva) y préstamos por medio de plataformas digitales.
Las entidades Fintech serán sociedades anónimas de capital variable y de plazo indeterminado que realicen operaciones en El Salvador, las cuales se deberán constituir con un capital social mínimo de $2,000.
Pagos mediante plataformas digitales
De acuerdo a la propuesta, los modelos de negocios y servicios de apoyo que podrán desarrollar las entidades en plataformas digitales relacionadas con sistemas de pagos son:
- Transferencia de dinero nacional o internacional mediante plataformas digitales.
- Proveedores de servicios de transacciones mediante plataformas digitales para realizar pagos a comercios.
- Provisión de Puntos de Acceso para realzar pagos en forma de puntos de ventas virtuales o por medio de una aplicación en un dispositivo móvil.
- Provisión de Soluciones de Pago Masivo mediante plataformas digitales.
- Cargas y recargas de diversos productos y servicios, mediante plataformas digitales para realizar compras.
- Provisión de medios para la aceptación de pagos digitales por parte de los comerciantes.
- Agregadores de pago mediante plataformas digitales en nombre de terceros
- Proveedores de API vinculadas para pagos digitales
- Emisión de billetera digital vinculada a los servicios financieros digitales en los sistemas de pago.
La ley también contendría las disposiciones para las plataformas digitales de financiamiento alternativo o crowdfunding y para préstamos por medio de plataformas digitales.
También se crearía el Consejo de Innovación Financiera (CIF) como la instancia de coordinación interinstitucional, conformado por representantes del BCR, la Superintendencia del Sistema Financiero, el Ministerio de Economía, la Defensoría del Consumidor, la Secretaría de Innovación y la Secretaría de Comercio e Inversiones de la Presidencia de la República.