La Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión sesionó este lunes solo por cinco minutos para dar ingreso al expediente con la propuesta de Ley de Energía Nuclear y acordar que se convoque al presidente de la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL), Daniel Álvarez, para iniciar el estudio.
La propuesta de la diputada Dania González, presidenta de la comisión, de invitar a Álvarez se aprobó por mayoría de los presentes en la comisión. González no dio paso a la lectura del contenido de la proyecto y cuando se llegó al punto de agenda “Puntos Varios”, no hubo ningún otro tema a discutir y se cerró la comisión.
La propuesta de ley la envió el Ministerio de Economía e ingresó a la Asamblea el pasado 8 de octubre, esta contempla las generalidades para el tratamiento de los elementos de energía nuclear en el país.
“Como parte de las aplicaciones pacíficas de la tecnología nuclear, las cuales contribuirán al avance científico, económico y social del país”, dice la correspondencia suscrita por la ministra de Economía, María Luisa Hayem.
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De doce integrantes de la comisión, 11 son de Nuevas Ideas: Dania González, William Soriano, Samuel Martínez, Edgardo Mulato, Enrique Sales, Mauricio Ortiz, Francisco Amaya, Diana González, Elisa Rosales, Sharon Hernández y Norma Lobo.
La propuesta de ley
La Ley de Energía Nuclear pretende regular las actividades, instalaciones y prácticas relacionadas con el ciclo de vida del combustible nuclear para la generación de energía para su uso pacífico.
La autoridad reguladora será la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas (DGEHM). Las actividades estarán sujetas a regulación, control y supervisión por parte de la autoridad reguladora, en particular, la selección de sitios o emplazamiento, diseño, construcción, operación, clausura y desmantelamiento de instalaciones nucleares y radiactivas, así como los materiales, minerales y sustancias radiactivas que se utilicen en ellas, incluyendo el ciclo de vida del combustible nuclear.
Quedarán excluidas de esta ley las competencias y facultades otorgadas al Ministerio de Salud en cuanto a las actividades que se realicen o se relacionen con fuentes de radiaciones ionizantes, no ionizantes, siempre que no estén relacionadas con el ciclo de vida del combustible para la generación de energía nuclear.
Cabe mencionar que el 2 de julio de 2024 se aprobó la Ley de Creación del Organismo para la Implementación del Programa de Energía Nuclear en El Salvador, la cual establece las atribuciones en la formulación, dirección y ejecución de los planes y políticas nacionales para la introducción de la energía nuclear en el país.
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Según la nueva propuesta de ley, toda persona natural o jurídica que tenga la intención de iniciar una actividad o práctica competente de la energía nuclear, presentará una solicitud ante la Dirección de Regulación correspondiente.
La Dirección General, a través de la normativa correspondiente, establecerá los requisitos que deberán cumplir los solicitantes para ejecutar las actividades o prácticas determinadas en esta Ley. Además, la Dirección también establecerá en el reglamento correspondiente a las medidas de seguridad física que se deberá cumplir en el manejo de los materiales nucleares y fuentes radiactivas, con el fin de protegerlos.
“Las medidas de protección física incluirán como mínimo la clasificación de materiales nucleares y de otros materiales radiactivos; la protección y acceso autorizado a las diferentes categorías de materiales nucleares; el control y la contabilidad para las categorías de materiales nucleares; la inspección y la vigilancia para verificar el cumplimiento de los requisitos aplicables en materia de protección física”, establece la propuesta.
Según el proyecto, la Dirección General coordinará a las entidades aduanales para mantener controles respecto de la exportación y la importación de materiales nucleares y otros materiales radiactivos, de equipo y tecnología relacionados con la esfera nuclear, así como de otros equipos y tecnologías.
"Dichos controles deberán contener, como mínimo: aspectos necesarios para proteger a la población y el medio ambiente y velar por la seguridad y los intereses económicos del Estado; cumplir las obligaciones del Estado dimanantes de los instrumentos internacionales; apoyar la cooperación internacional en relación con los usos seguros de la energía nuclear con fines pacticos y apoyar las actividades internacionales de prevención de la proliferación de las armas y los dispositivos explosivos nucleares o de los dispositivos de dispersión radiactiva", establece la propuesta.