La Fiscalía General de la República (FGR) acusó ante los tribunales a Henry Arturo Benavides Sánchez por denunciar a través de un video la presunta captura arbitraria de su madre, cuando un grupo de policías intentó detenerla sin una orden judicial.
El ente fiscal le ha atribuido al joven el delito de revelación indebida de datos o información de carácter personal en perjuicio de un integrante de la Policía Nacional Civil (PNC) destacado en la delegación de San Miguel.
La noche del 14 de agosto, un grupo de agentes de la Policía llegó a la vivienda de Dora Alicia Sánchez Muñoz preguntando por una mujer, pero cuando les dijeron que esa persona no vivía ahí y que tampoco la conocían, procedieron a revisar los documentos de identidad de las mujeres que estaban dentro de la casa.
Luego de revisarles los documentos de identidad los policías le dijeron a Dora Alicia que se la llevarían detenida por el delito de agrupaciones ilícitas, sin mostrarle una orden de detención, señaló una denuncia realizada por el Socorro Jurídico Humanitario.
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Hasta ese momento, los agentes se encontraban fuera de la vivienda, pero cuando la familia de Dora les reclamó que no se las podían llevar sin una orden judicial, aseguran que estos amenazaron con derribar la puerta.
Fue entonces que Henry contactó vía Whatsapp al Socorro Jurídico por ayuda y les envió los videos que había tomado en ese momento. La organización denunció el hecho a través de sus redes sociales, posteriormente llegaron al menos 12 policías y cuatro elementos de la Fuerza Armada y el procedimiento se extendió unas seis horas.
En horas de la madrugada, del 15 de agosto, los agentes llevaron una orden de detención judicial para detener a Dora, de 60 años, por el delito de amenazas y a su hijo por el delito establecido en el artículo 26 en la ley de delitos informáticos, alegando que en el video de la denuncia él mencionó el apellido y el número de ONI (Orden Numérico Institucional) de uno de los policías, en la denuncia de la supuesta violación del derecho al debido proceso.
Jayme Magaña, abogada defensora, manifestó que en ese caso no se configura el delito atribuido al joven, porque el apellido y el número de ONI, visible en los uniformes de los policías en una denuncia de una supuesta violación a derechos, se vuelven de carácter público, según lo establece legislación nacional e internacional.
“El IAIP tiene como parte de sus líneas resolutivas que el ONI es información pública, el nombre de los servidores públicos es público en razón de su cargo y no se requiere el consentimiento del servidor y las funciones que ejercen los funcionarios y servidores públicos son públicas para garantizar la contraloría ciudadana”, manifestó.
Por otra parte, explicó que en caso del delito que le han atribuido a Henry, la ley establece que la información debe haber sido extraída por medios informáticos, pero en este caso fue el policía el que brindó su nombre en cumplimiento de su obligación legal de identificarse.
El mismo reglamento disciplinario de la PNC establece en el artículo 8 numeral 13 que es falta grave que los miembros de la Policía no usen el número de identificación policial y su nombre en el uniforme.
Asimismo Magaña agrega que la LAIP establece de manera taxativa (concluyente) cuales los datos personas y el nombre no se encuentra entre ellos, ni dentro de los datos personales sensibles.
“Los servidores y funcionarios públicos están bajo el escrutinio público y son los primeros que deben guardar la legalidad de sus actos, es por eso que se hace esa distintivo no solo por el Instituto de Acceso a Información Publica (IAIP) y la ley sino también por la jurisprudencia internacional tanto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) y Naciones Unidas”, aseguró.
Esta acusación fiscal se da en un contexto en el que los agentes policiales han sido ampliamente señalados de cometer abusos amparándose en el decreto del régimen de excepción.
Según datos del informe del Instituto de Derechos Humanos de la UCA (Idhuca) el año pasado se registraron 522 denuncias por detenciones ilegales y arbitrarias, en las cuales, la PNC se encuentra entre los principales agresores con un 80.08% de los casos.
“En algunos casos atendidos por el instituto se reportaron irregularidades entre las actas de detención y los testimonios de familiares que denunciaron detenciones arbitrarias, la ausencia en las investigaciones para vincular a la persona con alguna estructura criminal, la creación irregular de fichas policiales, las detenciones sin orden judicial y el no informar a la persona los motivos de su detención”, indica el informe.
Otras anomalías identificadas fueron los engaños que agentes policiales utilizaron para que las personas los acompañaran voluntariamente a las delegaciones, dejándolas detenidas posteriormente.
En ese mismo sentido, del 27 de marzo de 2022 al 30 de junio de 2024, siete organizaciones sociales documentaron 6,426 víctimas de violaciones a derechos humanos, de las cuales 6,054 denunciaron detenciones arbitrarias y denuncias al debido proceso y 1,823 allanamiento de moradas.
En la mayoría de los casos, las personas identificadas como autores de estas violaciones de derechos fueron agentes de la PNC en el 75% de las denuncias.
Hasta el cierre de esta nota ni la Policía, ni la Fiscalía han informado en sus redes sociales sobre la detención del joven y su madre, como suelen hacerlos con otros casos.