Para las elecciones nacionales de 2024 aún se requieren más de 9,000 perfiles para conformar las Juntas Receptoras de Votos (JRV). Mañana el Tribunal Supremo Electoral (TSE) realizará un segundo sorteo para completar las juntas del territorio nacional y las del voto en el exterior (JELVEX).
La JRV es una autoridad electoral cuya función es facilitar a la ciudadanía el derecho al voto y realizar el escrutinio de la votación de su mesa. Estas se integran con un máximo de cinco personas propietarias y sus suplentes; en su defecto, pudiendo instalarse con un mínimo de tres personas propietarias: presidencia, secretaría y primera vocalía.
TSE anunció protocolo para evaluar que no haya militantes en juntas temporales
La ley electoral mandata al Tribunal a realizar un sorteo a efecto de complementar las JRV para cada municipio, un sorteo entre los ciudadanos inscritos en el padrón electoral tomando en cuenta que sea salvadoreño mayor de 18 años, de honradez notoria, que sepa leer y escribir y no contar con afiliación partidaria.
Las personas que no estén en el ejercicio de los derechos ciudadanos, las personas de alta en la Fuerza Armada, los miembros de la PNC y cuerpos de seguridad municipales no pueden integrar estos organismo electorales.
Los integrantes de las JRV son quienes alistan el material electoral el día de las elecciones. Asimismo, se encargan de brindar asistencia a los votantes.
El magistrado Noel Orellana explicó que aún se encuentran en el periodo en el que le piden a los partidos políticos que hagan correcciones de perfiles que aparecieron con vinculación partidaria.
Puede interesarle: Más de 300 propuestas fueron rechazadas para conformación de OET
“Es decir que se presentaron a ‘Juan’ y el Tribunal verificó que por determinadas razones no cumple se le ha notificado a cada uno de los partidos que procedan a hacer la sustitución”, detalló Orellana.
Además, explicó que si los partidos no cumplían con la medida en el periodo correspondiente, será cuando el TSE comenzará a sortear con el padrón electoral nacional.
Por su parte, los partidos políticos, por medio de la Junta de Vigilancia Electoral, fiscalizan el procedimiento.
Quien se niegue sin una causa justa para desempeñar el rol electoral temporal recibe una multa de $25 a $114.28.