La Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) sugirió a la Comisión de Hacienda de la Asamblea establecer montos mínimos y máximos en las multas para las entidades financieras que se estudian para la Ley Especial Transitoria de Incentivos y Tratos Preferenciales destinados al Favorecimiento de la Repatriación de salvadoreños.
La superintendenta adjunta de bancos, aseguradoras y otras entidades financieras de la institución pública, Evelyn Gracias, asistió al estudio de la ley transitoria y aseguró que ve con buenos ojos la disposición en tanto a que permite “establecer con claridad cuáles serían las disposiciones a nivel de marco legal aplicables para este proyecto”.
LEA: Bienes de salvadoreños que retornen al país estarían libres de cargos tributarios
Gracias explicó que si alguien no cumple con la Ley de Supervisión y Regulación (LSR), que es la hasta ahora vigente para la SSF, quedarían habilitados a sancionar aquellas entidades que no acaten el marco legal aplicable.
“La propuesta no establece una conducta particular a sancionar, lo que se activaría son los artículos 43 y 44 de la LSR”, afirmó la superintendenta.
Los artículos de esta ley establecen que se emite una sanción genérica que puede ser una multa máxima de 500 salarios mínimos urbanos del sector comercio para personas naturales y una multa de 2% del patrimonio de la entidad infractora. Pero no se aclara un monto mínimo.
"En ese sentido sería interesante si la Asamblea revisa la posibilidad de aplicar la misma tónica que han tenido proyectos de reciente modificación como la Ley del Historial Crediticio donde establecen rangos y hay un mínimo de sanción y un máximo", sugirió Gracias.
De esa manera la SSF podría tener una sanción específica para el marco legal, de lo contrario, si no aparece esa disposición concreta en el anteproyecto, lo que estaría aplicando la institución pública son las facultades de la Ley de Supervisión, que habilita sanciones “genéricas”.
“El contar con un marco legal específico nuestro rol de supervisión para verificar que las entidades financieras cumplan y apliquen esas disposiciones que la Asamblea Legislativa apruebe”, enfatizó Gracias.
La banca local deberá atender a los connacionales que se amparen a la normativa y que les permita abrir cuentas bancarias y acceder a otros servicios.
En cuanto a los productos financieros, la propuesta indica que en los casos en los que sea requisito presentar un registro a historial crediticio, los salvadoreños que hayan regresado podrán presentar su historial crediticio, declaraciones de impuestos o cualquier otro documento que ampare la actividad financiera que hayan realizado en el extranjero.
Con la propuesta de la Ley Especial Transitoria de Incentivos y Tratos Preferenciales destinados al Favorecimiento de la Repatriación de salvadoreños (enen studio) las instituciones bancarias y las entidades no bancarias financieras supervisadas por el Sistema Financiero, que operen bajo la Ley de Bancos y que capten fondos del público, deberán prestar servicios financieros a los salvadoreños retornados con los beneficios de esta ley, deseen abrir cuentas bancarias o hacer uso de otro sistema financiero.
Asimismo, para los servicios financieros en los que se requiera de registro o historial crediticio, los salvadoreños sujetos a la aplicación de esta ley coma podrán presentar su historial crediticio, declaraciones de impuestos o cualquier otro documento que ampare su actividad financiera realizada en el extranjero.