A partir de este lunes 25 comienza el plazo para que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) notifique las respuestas de las solicitudes de candidaturas a cargos públicos: Presidencia, diputaciones y concejos municipales.
A la fecha, las fórmulas presidenciales que han presentado los diferentes partidos políticos, quienes ya entregaron al Tribunal su solicitud son la de los partidos FMLN con Manuel Flores y Werner Marroquín; y de PAIS, con José Cardoza e Irma Sosa Pineda.
Faltan de presentar sus candidaturas las fórmulas presidenciales de Nuestro Tiempo, con Luis Parada y Celia Medrano; la de ARENA con Joel Sánchez e Hilcia Bonilla; y la de Fuerza Solidaria con José Javier Vásquez y Rafael Montalvo.
En el caso del partido VAMOS, únicamente recibirán resoluciones para diputaciones y concejos municipales, debido a que acordaron enfocarse en esos cargos públicos y por lo tanto, no presentar candidatura a la Presidencia.
Y Nuevas Ideas, contrario a lo que establece la Ley de Partidos Políticos, promovió la reelección presidencial inmediata y presentó para sus elecciones internas como única fórmula para la Presidencia, a los actuales mandatarios, Nayib Bukele y Félix Ulloa.
En el caso, el Tribunal Supremo Electoral, apegado a la Constitución de la Repúblicas y las leyes electorales, no admitiera dicha candidatura, Nuevas Ideas podría quedar sin fórmula a la Presidencia, debido a que si bien hay un plazo para resolver las solicitudes que se consideren “improcedentes”, no hubo otros perfiles dentro de sus internas.
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Sobre las resoluciones
El trámite responde a lo establecido en el Código Electoral en su artículo 145, que aclara el periodo de resoluciones de solicitudes de inscripciones.
Las solicitudes serán consideradas inmediatamente por El Tribunal o la Junta Electoral Departamental en su caso, quienes resolverán lo procedente dentro de los tres días siguientes a su presentación.
Si la solicitud reúne los requisitos exigidos por la Ley, deberá inscribirse la planilla.
“Si no se cumpliere con los requisitos legales dentro del plazo señalado en el primer inciso, El Tribunal o la Junta Electoral Departamental deberá resolver indicando específicamente el motivo en que se fundamenta y si fuere subsanable prevendrá que se cumpla con tales requisitos dentro de los tres días hábiles siguientes al de la notificación. Subsanadas que sean deberá inscribirse en la planilla”, establece el Código Electoral.
En caso de no cumplirse con los requisitos de ley se denegará la inscripción definitivamente dentro de las veinticuatro horas siguientes.
Toda inscripción de candidatos o candidatas a cargos de elección popular debe notificarse al partido político correspondiente, y publicarse por medio del tablero en el caso de las Juntas Electorales Departamentales, y en el caso de las inscripciones ante el Tribunal, en su sitio web.
Acorde al calendario electoral, el plazo en el que acaba el periodo de resoluciones es el próximo 30 de noviembre.