El Tribunal Supremo Electoral (TSE) expuso a la Comisión Política de la Asamblea Legislativa las consecuencias en el desarrollo del proceso electoral ante la búsqueda del oficialismo de reducir el número de municipios a ocho meses de las elecciones de 2024.
- Reducción en el número de Juntas Electorales Municipales (JEM)
Afectaría la cobertura de trabajo logístico en los distritos que conformen el municipio de que se trate.
Los integrantes propietarios y suplentes de las 262 JEM ascenderían a 2620 para integrar las 44, se requerirán 440 personas, es decir, 2180 personas menos.
“En esto el Tribunal considera que se puede tener una afectación en los términos de la cobertura del trabajo logístico a nivel de los distritos que conforman un determinado municipio”, expuso el director de Planificación Estratégica del TSE, Roberto Mora.
“En términos de recursos humanos para el despliegue del trabajo de las JEM tendríamos un total de 2180 personas menos en el campo para poder desarrollar esa actividad, desde luego esto podría compensarse con algunas alternativas en cuanto a personal de apoyo logístico operativo a las JEM que podrían perfectamente desplegarse a nivel de los distritos. Vemos que en la parte operativa podríamos tener un déficit", añadió.
- Redistribución de los Centros de Votación, Juntas Receptoras de Votos y papeletas de votación
La reducción de municipios implica una reagrupación de los centros de votación de determinados distritos que pasarían a ser los centros de votación del municipio. Por ejemplo, los centros de votación del municipio de San Salvador Este serían los pertenecientes a los distritos de dicho municipio , pero esta reagrupación también incide en las Juntas Receptoras de Votos (JRV) por municipio y en una redistribución de papeletas de votación por municipio
- Reordenamiento de listados estandarizados de departamentos y municipios en los sistemas informáticos del TSE
El TSE deberá establecer un reordenamiento en cuanto a la secuencia y codificación que se utilizará de manera uniforme, institucional para los departamentos, municipios, y la nueva subdivisión de distritos.
Este reordenamiento aplicaría para todos los usos institucionales del TSE en sustitución del ordenamiento actual. - Rediseñar los sistemas informáticos del TSE en cuanto a los nuevos municipios en la fórmula electoral
Es necesario adaptar los sistemas informáticos del TSE de la fórmula electoral de concejos municipales en cuanto a la reducción de municipios y la nueva distribución municipal de los distritos para la generación de cálculos de cocientes y residuos. - Redistribución del registro electoral por municipios y distritos
El registro electoral deberá redistribuirse por cada municipio, según los distritos que correspondan a cada uno de estos, bajo el nuevo ordenamiento secuencial estandarizado.
Esto tendrá efecto también en la emisión de los padrones electorales que establece la ley, así como en la identificación en la JRV que se hará del votante con DUI en el que aparezca un municipio que ha pasado a ser distrito. - Reducción en el volumen de inscripción de planillas para concejos municipales en las JED
Al reducirse el número de municipios en cada departamento del país se simplifican las juntas electorales departamentales el número de planillas de candidaturas a inscribir por cada partido político o coalición para la elección de Consejos municipales
Ejemplo de ello puede ser el departamento de San Salvador, que tiene actualmente 19 municipios, el número máximo de planillas que pudo pasar por procesos de inscripción en la respectiva hubiese sido de 247, a razón de 13 partidos políticos por cada municipio, con el nuevo escenario en el mismo departamento el número máximo podría llegar a ser de 65 en total.
- Reajuste del cronograma de capacitaciones a las JEM
El té de ella no tendrá que capacitar a 262 JEM sino a 44 eso implica que el cronograma y los recursos estimados en la planificación para capacitar a 2620 personas a nivel nacional deben ajustarse para llevar a cabo la capacitación de 440.
De implementarse iniciativas orientadas a nombrar personas de apoyo al trabajo de las JEM en los distritos bajo su responsabilidad, deberá considerarse su correspondiente capacitación junto al tiempo y los recursos que implica que en todo caso serían menores a los previstos para 262 JEM.
- Reducción del número de “cambios” por municipio en las papeletas de votación para concejos municipales
Al reducirse de 262 a 44 los municipios también se reducen los cambios en las papeletas por municipio reduciendo con ello el grado de complejidad en el manejo y distribución de las papeletas de votación para las elecciones de consejos municipales.
- Revisar y ajustar aspectos varios en los programas PLAGEL
Los aspectos que requerirán revisión y ajustes administrativos internos en los programas del plan general de elecciones están relacionados principalmente con la logística y operatividad en sedes de campo en logística de recolección y traslados de actas de cierre y escrutinio del asunto es receptoras.
También en el requisito de pertenencia al municipio de los miembros de la JED, la JEMl y la JRV según el nuevo escenario.
El TSE también tendría que reestructurar la organización de las mesas de escrutinio final según la nueva distribución del municipio y distritos, rediseñar las actas de cierre y escrutinio de las JRV y las actas de escrutinio final correspondientes a las elecciones legislativas y municipales.
Finalmente, ajustar cifras relacionadas con 262 municipios a 44 y adaptar terminología de municipios que pasan a ser distritos.