“Yo solo me acuerdo que vinieron y que decían orden de captura y… cómo se llama aquella regla que tienen… se me ha olvidado el nombre… agrupación y me llevaron…”. Eso es lo poco que responde, con evidente dificultad para coordinar ideas, Héctor Geovani Chachagua, de 43 años, un campesino que fue capturado bajo el régimen de excepción el pasado 25 de febrero, por haber sido denunciado de ser cabecilla de pandillas.
Como en muchos casos, en la detención de Héctor, la Policía Nacional Civil (PNC) mintió en cuanto a la hora y lugar de la captura, según Leonarda, su madre, y vecinos del caserío Cerro Blanco, cantón Suntecumat, municipio y departamento de Ahuachapán, donde tres policías realizaron la detención.
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El pasado jueves 16 de marzo, en la noche, Héctor fue puesto en libertad, en completo sigilo.
De acuerdo con testigos de la liberación, solo lo sacaron en calzoneta (la blanca que les dan en prisión), sin camisa y descalzo.
Personas que llegan a apostarse a pocos metros de Cárcel de Mujeres con la esperanza de que sus familiares sean liberados, le regalaron una camisa y zapatos. Y, al ver que parecía desorientado, decidieron entretenerlo para mientras averiguaban una forma de contactar a la familia.
Tanto Héctor como Leonarda no tienen teléfono, nunca han tenido uno; su condición de pobreza extrema se los impide. Ninguno de los dos puede leer.
No se sabe cómo, pero unos familiares que viven en San Salvador fueron avisados de que estaba libre. Leonarda lo encontró en El Congo, Santa Ana.
En la mañana siguiente, Héctor regresó a su vivienda, una champa de lámina construida en la ladera de una loma cultivada de café y matas de guineo.
20 días preso
Para Leonarda, el tiempo que su hijo estuvo en prisión fueron los días más oscuros que ha pasado en su vida, según cuenta la mujer de 64 años. Su temor era que a Héctor le dieran los ataques de epilepsia y no hubiera nadie que lo auxiliara.
O que muriera por la falta de los tres medicamentos que debe tomar diariamente para sobrellevar su enfermedad mental.
Su preocupación no estaba alejada de la realidad.
Héctor sufrió tres ataques de epilepsia mientras estaba en Cárcel de Mujeres. Él lo cuenta. Y dice que ningún policía (en referencia a los custodios de la cárcel) llegó a auxiliarlo. Fueron otros reclusos quienes lo ayudaron.
Mientras cuenta el sufrimiento que tuvo durante 20 días por no saber nada sobre su hijo, el único, Leonarda muestra las medicinas que él debe tomar todos los días.
La mujer también muestra los documentos médicos que comprueban que su hijo es epiléptico.
De la discapacidad mental no tiene documentos médicos de respaldo. Pero según los habitantes del cantón Suntecumat, lo anterior es evidente y hablan de él como “enfermito”, una manera de referirse al padecimiento mental de Héctor.
Varias cicatrices en la frente y en la cabeza atestiguan las incontables veces que ha caído de golpe por los ataques de epilepsia.
A pesar de su enfermedad, Héctor es un hombre trabajador. Sus vecinos lo atestiguan. También sus manos callosas y curtidas.
Trabaja en las fincas cafetaleras aledañas a su domicilio, limpiando de malezas los cultivos de café, junto a su madre, que también hace las mismas tareas a pesar de su edad, 60 y tantos años, según dice ella.
Dentro de las paredes de la champa de láminas recicladas hay varias cumas, machetes y azadones, las herramientas de trabajo de Héctor y Leonarda, con lo cual, entre ambos, se ganan poco menos de 60 dólares a la quincena, cuando les dan trabajo toda la semana.
Las mentiras
A vecinos de Cerro Blanco les sorprendió saber que Héctor fuera capturado, acusado de cabecilla de la Mara Salvatrucha (MS-13).
Muchos intentaron abogar por él, diciendo a los policías que no era pandillero, que era un hombre trabajador a pesar de que es “enfermito”, en alusión a la epilepsia y a que adolece de cierto grado de discapacidad mental, según Leonarda y sus vecinos.
Además de los documentos mostrados por Leonarda, el padecimiento de epilepsia lo atestiguan un diente quebrado y las múltiples cicatrices que tiene en la frente y otras partes de la cabeza, consecuencia de caídas cuando le dan los ataques. Sobre la discapacidad mental no hay documentos porque nunca lo pusieron en tratamiento.
Leonarda trató de hacerles entender la condición de su hijo y pidió que se la llevaran a ella en lugar de su vástago. Pero los policías se lo llevaron de igual forma.
Dos de ellos se mostraron muy condescendientes. Acordaron no esposarlo. Al menos así lo sacaron de la champa de láminas y se lo llevaron caminando hasta la escuela de Suntecumat, donde lo subieron al carro policial.
Detrás se fue Leonarda hasta la base de la policía rural, ubicada en el sector conocido como Puente Escalante, Ahuachapán.
La última vez que lo vio fue como a las 11:00 de la noche de aquel sábado, cuando varios policías regresaban con él de hacerle un chequeo médico. Para entonces ya lo llevaban esposado. Fue la última vez que lo vio, hasta el pasado 16 de marzo que fue liberado.
Leonarda ha recibido apoyo de diversa índole de parte de sus vecinos, según ella, porque saben que su hijo no es pandillero, sino un hombre trabajador a pesar de sus enfermedades.
No había razón para capturarlo
Cuando los tres policías llegaron como a las tres de la tarde de aquel sábado 25 de febrero, al parecer ya habían recogido buenas referencias de Héctor. Según la mujer, hicieron varias llamadas telefónicas explicando las condiciones de su hijo, sin embargo, la orden que recibieron fue que se lo tenían que llevar.
Ella cree que alguna persona de malos sentimientos hizo un informe falso llamando a los policías.
Pero la muestra de que su hijo no es pandillero es que ya está libre, y eso para ella es todo, aunque de momento llevan un mes sin trabajar, pues Héctor salió con varias enfermedades por las que le ha tocado viajar a Ahuachapán para curarlo.
Un documento de la Oficina Fiscal de Santa Ana de fecha 10 de marzo, obtenido por una fuente de esa oficina, indica que la liberación de Héctor fue basada en el inciso segundo del artículo 293 del Código Procesal Penal.
“El motivo de la puesta en liberad se justifica en virtud del Art. 293 No. 2, C. Pr. Pn. Ya que no es posible proceder, en virtud de haberse DECRETADO ARCHIVO del parte policial en sede fiscal”, reza en parte el oficio girado al director del centro penal de Ilopango.
El articulo mencionado por la Fiscalía reza: “El fiscal ordenará, mediante resolución fundada, el archivo de las investigaciones cuando: … 2) Estando individualizado el presunto responsable, no existan suficientes elementos de prueba para incriminarlo”.
De acuerdo con abogados consultados, lo anterior indica que la policía capturó a Héctor sin tener suficientes indicios de que realmente perteneciera a una agrupación ilícita.