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Asamblea avala reformas al Código Procesal Penal; ARENA dice que modifican el régimen de excepción

René Portillo Cuadra, de ARENA, afirma que el juez cae en "prevaricato" porque tendrá que garantizar el derecho a la defensa del imputado de acuerdo a la enmienda aprobada o aplicar el régimen de excepción que suspende esa garantía, porque es ley vigente.

Por Eugenia Velásquez - Milton Rodríguez | Sep 21, 2022- 14:43

El pliego de reformas al Código Procesal Penal que la Asamblea aprobó este miércoles 21 de septiembre de 2022 con 65 votos a favor, dos abstenciones y 2 votos en contra, a criterio de los diputados de ARENA, de VAMOS y de Nuestro Tiempo, son “inconstitucionales”; pero más allá de eso, el jefe de fracción de ARENA, René Portillo Cuadra, caló más a fondo y dijo que con esas enmiendas se estaría modificando el régimen de excepción.

"En este momento hay régimen de excepción y uno de los artículos del régimen de excepción es el Art. 12 que dice que queda suspendida la garantía de defensor, y resulta que el primer artículo de este pliego de reformas dice que se garantiza el derecho de defensa desde el momento de la detención hasta la sentencia", apuntó Portillo Cuadra.

Ante esto, el parlamentario arenero se pregunta: "¿Cuando esto entre en vigencia, el juez cual va a aplicar, el régimen de excepción que tiene suspendido el derecho de defensa o esta reforma?".

Según Portillo Cuadra, la reforma planteada por Nuevas Ideas establece que el derecho de defensa es "irrenunciable", por lo que hace alusión a una prelación de la derogatoria de las leyes que dice que la norma posterior deroga la norma anterior.

El diputado de ARENA hizo ver también en el pleno que al modificar el régimen de excepción los jueces tendrán que aplicarlo, lo que significa que El Salvador regresaría a la normalidad, lo cual calificó de positivo.

Sin embargo, señala que con las enmiendas que la Asamblea aprobó al Código Penal, Procesal Penal, ley contra las pandillas, narcotráfico y lavado de dinero tres días después del primer periodo del régimen de excepción, se estableció una norma que dice que el juez no puede imponer ninguna medida alterna a la detención en delitos de proscripción de maras y pandillas.

"Pero si este artículo de la defensa irrenunciable se aprueba, ahora así como está, de acuerdo al Art. 436 numeral quinto del Código Procesal Penal, que regula sobre la nulidad absoluta del proceso, entonces será nulo el proceso penal cuando no se hubiere proveído de defensor en los términos que regula este código, eso significa que los jueces pondrían en libertad a miles de personas capturadas en el régimen de excepción, cuando se compruebe que no tuvieron defensor en los términos que el Código señala", reflexionó Portillo Cuadra.

También mencionó que las reformas ponen en serios aprietos a los jueces, ya que el régimen de excepción es ley vigente y cuando las reformas entren en vigor, tendrá que aplicarlas y además cumplir con la normativa vigente de excepción.

"Meterán en un serio lío a los jueces que resuelvan esto, si ellos resuelven no poner en libertad porque se van por el régimen de excepción cometerían prevaricato, porque no aplicarían esta reforma, por el contrario, si aplican este artículo y no aplican el régimen de excepción, también cometerían prevaricato porque no cumplirían con una norma vigente", valoró.

Portillo Cuadra, también alegó que algunos aspectos como el que un juez pueda sancionar a un abogado que renuncia al proceso penal, es inconstitucional, pues según la normativa primaria de El Salvador, solo Corte Plena puede hacerlo.

"En el tema de derecho de defensa al que se refiere el decreto no ha sido ejercido en las capturas que se han hecho bajo el régimen de excepción, entonces no conocemos si este decreto va a tener efectos retroactivos y se pondrían en libertad a muchas personas, porque en ese articulado hay una disposición que dice que se tiene que respetar el derecho de defensa desde la el inicio de la investigación", manifestó Portillo Cuadra al desatacar que no se analizó lo necesario la aprobación de esta iniciativa.

Además, el legislador dijo que su fracción no dará los votos a esta enmienda porque "consideramos que hay aspectos que contradicen totalmente no solo el marco jurídico actual sino la misma Constitución".

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Para el diputado Johnny Wright, de Nuestro Tiempo, la intención detrás de esas reformas podría responder a un “interés político” y dada la coyuntura actual de régimen de excepción no lo considera conveniente.

Además, señaló que hay inconstitucionalidad en la reforma del Art. 24 que habla de la retroactividad, ya que el juzgamiento de los imputados por delitos se podrá hacer en su ausencia, esto contraviene lo que dice la Constitución en materia penal, apuntó.

“Esto sería algo novedoso para nuestro país y eso sí conlleva y requiere un debate en cuanto a la constitucionalidad, sino se estaría vulnerando el derecho a la presunción de inocencia, la inviolabilidad de la defensa, uno de los artículos desarrolla que en cuanto a la defensa si el imputado no propone una defensa, un defensor público de la PGR será nombrado en su lugar”, aseveró.

Si no se usa ese mecanismo, el juez podrá nombrarlo dentro de una lista de un registro que se desconoce cómo funcionaría, argumentó.

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“Luego esta defensa no podrá renunciar a cumplir con lo que se le sea impuesto, vemos que eso podría reñir en cuanto al derecho o la inviolabilidad de la defensa dentro del proceso y sobre todo dentro del proceso penal el debido proceso penal se sustenta en el derecho a la defensa”, explicó Wright.

Por su parte, Claudia Ortiz planteó como premisa que uno de los derechos básicos del derecho penal en cualquier parte del mundo democrático es que "la responsabilidad es personal".

"Hemos visto durante el régimen de excepción denuncias de como se hacen audiencias masivas donde no se trata de individualizar la responsabilidad de quien está acusado, así como hay gente que ha estado con pandillas y debe recibir el peso de la justicia, así hay gente inocente que también 'se ha ido en la colada' y no puede ser que un sistema de justicia esté permitiendo solo por engrosar números el hecho de que se lleven de encuentro a gente inocente", opinó.

La parlamentaria adelantó que no daría sus votos para esta iniciativa porque "hacer la responsabilidad colectiva y no individualizarla va en contra de el principio de presunción de inocencia y de garantías del debido proceso garantizados en la Constitución".

Sobre las reformas, la diputada del FMLN, Dina Argueta, indicó en declaraciones a este medio que en el país "cada día se van estableciendo más medidas que violan o eliminan el debido proceso y que aseguran y legalizan la persecución política".

El legislador de ARENA, Rodrigo Ávila, criticó que la Comisión de Seguridad todavía no había emitido el dictamen sobre tal iniciativa en la reunión de este martes, pero este ya aparecía incluido en la agenda de la sesión plenaria de este miércoles 21 de septiembre.

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